Por ello, y ante las dudas que con frecuencia nos consultan los agricultores que estos días están realizando labores de recolección del cereal, desde COAG-Castilla y León recuerdan que en situación de alerta, lo mismo que de forma genérica en época de peligro alto de incendios, se puede utilizar cosechadora siempre que esta esté dotada de matachispas en la zona de monte y perimetral mencionada. Ahora bien, su utilización queda prohibida cuando la temperatura supera los 30? C y la velocidad del viento es mayor de 30 km/hora.
Además, desde COAG-Castilla y León consideran conveniente recordar las obligaciones que afectan a la práctica de la recolección realizada en áreas de monte o en la franja perimetral de 400 metros del monte en situación de alerta (según Orden FYM/510/2013) y que en todo caso serán obligatorias:
Además, conviene atender las siguientes recomendaciones y obligaciones:
Según el propio servicio de prevención de incendios de la Consejería de Medio Ambiente, se deben extremar las precauciones cuando se dan las siguientes circunstancias:
Ahora bien, a diferencia con la situación genérica en época de peligro alto de incendios (que abarca desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre), cuando se declara situación de alerta aumentan las restricciones en la actividad agraria en el siguiente sentido:
Por todo lo anterior, desde COAG-Castilla y León recomiendan que se extremen las precauciones en la realización de labores agrarias a fin de evitar cualquier riesgo de incendio y las consecuencias tanto derivadas de sanciones económicas por incumplimiento de la condicionalidad de la política agraria comunitaria como de tipo civil e incluso penal en que se pudiera incurrir por actuaciones negligentes o contrarias a la legalidad vigente. Los incendios, aunque sean accidentales, no eximen de las consiguientes responsabilidades.