Con este nuevo pago, el importe de esta ayuda extraordinaria abonado ya por el Gobierno se eleva ya a 82,2 millones de euros, de los que se han beneficiado 70.995 agricultores.
Los titulares que figuran en esta nueva resolución de concesión son aquellos que aparecieron en la resolución provisional del pasado mes de julio, una vez que se finalizaron los controles de la Política Agraria Común (PAC) correspondientes a la campaña 2023 y que cumplen los requisitos de la ayuda.
La relación de titulares de explotaciones agrícolas que cumplen los requisitos, junto con el número de hectáreas elegibles y la cuantía de la ayuda a percibir están disponibles en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
La distribución por comunidades autónomas de esta nueva resolución de pago es la siguiente:
CCAA | Nº titulares | Importe (€) |
Andalucía | 263 | 261.312 |
Aragón | 38 | 19.688 |
Baleares | 1 | 433 |
Castilla-La Mancha | 412 | 443.960 |
Castilla y León | 13 | 12.678 |
Cataluña | 6 | 13.033 |
Extremadura | 325 | 350.666 |
Murcia | 48 | 54501 |
Navarra | 14 | 39.187 |
La Rioja | 13 | 17.373 |
C. Valenciana | 541 | 932.057 |
TOTAL | 1674 | 2.144.888 |
Nota: las ayudas se asignan a la CA en la que se gestiona la solicitud única de la PAC 2023.
Con este nuevo pago, el total de beneficiarios y el importe de esta ayuda concedida hasta el momento es el siguiente:
CCAA | Nº Titulares | Importe (€) |
Andalucía | 15.183 | 21.232.896 |
Aragón | 7.913 | 13.629.701 |
Baleares | 1 | 433 |
Castilla-La Mancha | 9.933 | 7.667.036 |
Castilla y León | 14 | 15.113 |
Cataluña | 8.956 | 14.476.434 |
Extremadura | 2.446 | 2.373.158 |
Madrid | 8 | 10.903 |
Murcia | 5.217 | 6.294.233 |
Navarra | 561 | 696.452 |
País Vasco | 16 | 5.132 |
La Rioja | 1.016 | 1.275.251 |
C. Valenciana | 19.731 | 14.536.330 |
Totales | 70.995 | 82.213.072 |
Nota: las ayudas se asignan a la CA en la que se gestiona la solicitud única de la PAC 2023.
La resolución publicada recoge también los titulares a los que no se les ha realizado el pago de la ayuda porque no se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. En el plazo máximo de un mes, el FEGA realizará una segunda comprobación para verificar si han subsanado las deficiencias y, en el caso de que lo hayan hecho, podrán recibir la ayuda.
Se puede consultar más información sobre esta línea de ayuda en la página web del FEGA: Ayudas excepcionales a sectores agrícolas.